Intervención de Yobana Carril en sesión de la Comisión de la Mujer en Asamblea de Madrid en Febrero 2024

De Violencia de Genero

Interviene Yobana Carril en la Asamblea de Madrid (órgano de la Comunidad Autónoma de Madrid) por invitación de VOX, interviene antes de María Belén González Moreno.


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Introducción sobre los cambios feministas de la ley de 2021

Soy Yobana Carril directora de Celtius Abogados y es hoy para mí un placer estar hoy aquí para debatir sobre las modificaciones (de 2021) de los artículos 94, 96 y 156 del Código Civil. 
Dice el Tribunal Supremo que el interés superior de los menores está por encima de cualquier otro derecho con el que entre en colisión, en estos momentos esta premisa no se está cumpliendo, veamos porqué. En principio esta modificación se hace con perspectiva de género, la mayor parte de los juristas creemos que la palabra "Derecho", "Justicia" y "Perspectiva" colisionan entre sí, el derecho no debe tener perspectiva, el derecho debe ser imparcial y la perspectiva en sí misma rompe esa imparcialidad. 
Por otro lado la modificación de estos artículos en concreto si tuviesen que tener algún tipo de perspectiva en todo caso no sería de genero sino que debería ser una perspectiva hacia los derechos del infante y esto no es así, ¿Por qué no es así? a través de la modificación de estos artículos se da a una de las partes, en principio cualquier progenitor que no esté en un proceso penal por violencia de género o violencia doméstica, es decir, no hay distinción en un principio en si es progenitor o progenitora, la unilateralidad para decidir la atención psicológica de sus hijos. 
Ustedes pueden decir: bueno tampoco es tan relevante ¿no? sí lo es, sí lo es, porque en el papel queda muy liviano, el problema que nos encontramos es que tenemos a progenitores y a progenitoras que cuando la otra parte está inmersa en un procedimiento penal lo que hacen es llevar a sus hijos a atención psicológica no imparcial, muchos acaban (padres y madres) llevando a sus hijos a que sean atendidos por sus amigos, una cuñada que es psicóloga, ese niño no va a recibir una atención psicológica, lo que va a recibir ese niño es aprender a como ser el instrumento del otro, de uno de los progenitores y esto se está consintiendo. 

Sobre la discriminación que en última instancia perjudica al menor

Por otro lado sí es verdad que, negro sobre blanco, pudiera parecer que los niños quedan protegidos si reciben algún tipo de violencia tanto de tus padres como de sus madres y en un principio sí es así, porque contempla la violencia doméstica y la violencia de género pero hay una pequeña parte que rompe esa protección y es que si un progenitor está recibiendo atención en un servicio especializado de violencia de genero, en ese momento se considera que el niño está en una situación como si el otro progenitor estuviese en un procedimiento penal. ¿Cual es la diferencia? que a esos servicios especializados de violencia de genero solo pueden acudir las madres y no los padres ¿Cuál es la (otra) diferencia también? que hay un señor que está inmerso en un supuesto procedimiento administrativo sobre violencia de genero del que no tiene la oportunidad de defenderse, por lo tanto los menores están desprotegidos, lo queramos ver o no lo queramos ver. 
Hay una cuestión que queda muy bien, negro sobre blanco, porque dice que cuando un progenitor está inmerso en un procedimiento de violencia de genero o de violencia doméstica se procederá a retirarle las visitas e incluso todo contacto y comunicación. ¿Suena bien verdad?, hay un niño que está sufriendo un tipo de violencia y entonces lo que hacemos es apartarlo pero entonces yo digo ¿no va a haber proporcionalidad? porque cuando hablamos de violencia doméstica o de género todos pensamos pues en una violencia física brutal, en un asesinato, en un intento de homicidio pero es que violencia también es que dos personas en un divorcio discutan, se llamen imbécil y se denuncien uno al otro, ¿una madre es mala madre por llamar a su pareja imbécil? yo creo que no, ¿un padre es mal padre por llamar a su pareja imbécil?, lo siento pero yo creo que no, entre otras cosas porque si pasásemos por ese filtro, creo que el 99% de los padres y de las madres tendríamos que ser privados de las visitas con nuestros hijos, ¿o hay alguien en este país que nunca haya dicho ni una sola palabra más alta que la otra con su pareja?, ¿no verdad?, pues eso constituye un delito, eso supone que uno de los progenitores esté en un procedimiento penal, eso supone meter a los niños en un circuito que ni entienden ni se les explica y que los deja en absoluta indefensión ¿porque?. Miren en una justicia ideal estos procedimientos penales o administrativos se dirimirían en uno o dos meses pero esta no es la realidad, la realidad es que hay progenitores que están inmersos en procedimientos de este tipo durante cuatro y cinco años, ¿se les explica a los menores que está sucediendo? ¿se les explica a los menores por parte de las instituciones públicas por que tienen que dejar de ver a su padre y a su madre? no. Ni en Madrid ni en ninguna otra comunidad autónoma, simplemente uno de sus progenitores desaparece y no hay explicación ¿se imaginan ustedes tener seis años y que de repente su padre o su madre desaparezca sin ningún tipo de explicación? pues no hay ayudas psicológicas para este tipo de situación. 

¿Qué pasa si padre y madre están denunciados?

Evidentemente dada la diferencia entre la violencia doméstica y la violencia de genero, los procedimientos de violencia de genero son muchísimo más largos, es decir esta situación la sufren mucho más los padres. Los niños sufren más la ausencia de padres pero no se equivoquen, también sufren la de las madres, esto (la modificación de la ley se entiende) ha abierto esta situación. 
Esta modificación está llena de errores técnicos pero el que me parece el más brutal es que nos dice qué pasa si un progenitor está inmerso en un procedimiento de violencia de género y qué pasa si la progenitora está inmersa en un procedimiento de violencia doméstica pero ¿Qué nos estamos encontrando? en mi caso, siete casos que no se ha previsto qué pasa si ambos están denunciados ¿Qué pasa si padre y madre están denunciados? evidentemente si es por un delito super grave, como el de que un progenitor atentase contra la vida del otro y de forma recíproca lo tenemos claro, todos lo tenemos claro, una intervención de asuntos sociales y una retirada evidente de la vivienda familiar pero ¿vamos a hacer eso si dos señores en un proceso de divorcio de separación se han insultado? ¿no verdad? entiendo que un niño porque dos progenitores se hayan insultado no tienen que irse a una casa de acogida. ¿Qué hacemos con estos niños señorías?, yo tengo siete casos... ninguno de los abogados, ni fiscalía, ni sus señorías sabíamos qué hacer, en puridad de ley no sabíamos qué hacer, en los siete casos y sin ningún tipo de justificación se ha decidido otorgar la custodia provisional a la madre, ¿a santo de qué?, ¿se han valorado los delitos por los que están denunciados ambos progenitores?, no, simplemente se ha dado a la madre como si las madres naciésemos con una especie de chip que nos diese unas capacidades automáticas o estelares y tuviésemos la obligación como en la época de mi abuela de ser nosotras las que cargásemos con la crianza de los hijos. Yo recuerdo que mi abuela siempre decía que si había algo que odiase de los años 50, 60 y 70, ella cuando era una mujer trabajadora y en plena función de su carrera profesional decía que era ella la que sentía obligada a cuidar de los hijos ¡ah! pues resulta que ahora por ley lo hacemos así también, si los dos progenitores están denunciados como no sabemos qué hacer, se lo damos a la madre, independientemente de que el delito de la madre sea más grave. 

No puedes vivir con tus hijos pero sí con los de tu nueva pareja

Esto es protección de los menores señorías, hay otra cosa que tampoco contempla y que me parece alucinante, que esto no se haya contemplado y con esto hablo de todos los grupos políticos, un progenitor sea hombre o mujer se le pueden retirar las visitas porque está inmerso en un procedimiento penal y se le retira las visitas de sus hijos y resulta que después puede vivir con otro señor y señora con hijos y resulta que ahí no pasa nada, con esos hijos de su pareja sí puede convivir, entonces esta modificación y estos artículos ¿están hechos para proteger a los menores o a los adultos? porque si un niño debe ser protegido de su padre, pues el resto de los niños deberán ser protegidos también, si un señor es peligroso para sus hijos, será peligroso también para los hijos de las demás personas, ¿Qué pasa con estos niños? nadie se ha preocupado de esos niños pues hay muchos niños, miles de niños en este país viviendo con maltratadores y maltratadoras que tienen prohibidas las visitas con sus propios hijos pero no con los hijos de los demás y veo a todo el mundo callado, a todo el mundo callado, sí a todos.

Que las instituciones lo normalicen, no puedo entenderlo

Hay una sentencia que ha sido muy aplaudida hace unos días del Juzgado de Primera instancia número 19 de Barcelona, la jueza Isabel Jiménez dijo que a los niños hay que creerlos, sobre todo si relatan abusos, esta sentencia fue super aplaudida ¿por qué? porque los niños relataban sufrir un SAP que nosotros los juristas vemos que aparece y desaparece del ámbito jurídico según sea el progenitor que supuestamente lo ejerce y aunque a este señor no fue condenado absolutamente por nada, todo el mundo aplaudió esta sentencia. A los niños hay que creerlos sí o sí. ¿Pues saben una cosa? yo tengo un caso en Orense donde a un niño por haber denunciado a su madre y su madre salir absuelta y negarse a ir con esta se tomó una decisión tan maravillosa como ingresarle en un centro de acogida con doce años hasta que decidiera ir con su madre porque parece ser que eso de "a los niños hay que creerlos, sobre todo si relatan abusos", funciona de forma intermitente y funciona sólo en una dirección. Este niño lleva desde el diecinueve de septiembre de 2019 en una casa de acogida en Orense por no querer ir con su madre porque alegaba que su madre le maltrataba pero como salió absuelta (y yo creo en la absolución pero creo en la absolución tanto cuando es para padre como cuando es para madre) pues se decidió gracias a que las leyes son redactadas en salas como estas pero sin haber pisado los juzgados, sin haber pisado los CAE, sin haber pisado las instituciones donde pasan las cosas, donde pasa la vida, porque la vida no pasa aquí, pasan cosas como esta: este niño hace unos días se ha fugado y ¿saben porqué? porque desde las instituciones nadie ha sabido dar respuesta a su situación, por que teníamos un niño que desde los doce hasta los dieciséis años y medio estuvo en una casa de acogida, porque sus padres no se entendían, por las instituciones no atendían a sus manifestaciones de haber recibido maltrato por parte de la madre y les puedo asegurar que si hubiera sido una denuncia por parte del padre sí hubiera sido atendido pero independientemente de esto la cuestión es que un niño no tiene porqué pagar el que dos adultos sean inútiles a la hora de gestionar su vida privada y que no lo hagan dos adultos, bueno puedo entenderlo, ¿Qué las instituciones lo normalicen? no señorías yo no puede entendérselo y me da igual si son de un color político o del contrario si son del de arriba o del de abajo lo voy a criticar siempre, siempre.

Me pegó pero muy flojito, a lo mejor me lo merecía no me pegó tanto

En el caso de Madrid, ya que estamos en Madrid, viví un caso absolutamente diabólico, un niño denuncia su madre en el colegio y dice haber recibido maltrato, se abren unas diligencias y se cita al niño a que comparezca al día siguiente acompañado de su madre porque era quien tenía la custodia. Si hubiera tenido la custodia el padre, hubiera tenido que ir de mano del padre, no estoy poniendo sexo a esta situación, me da igual que sea la madre o el padre, en este caso fue la madre. El niño tuvo que comparecer de la mano de su madre, cuando se puso a declarar nosotros recurrimos de hecho a la Audiencia Provincial, alguien que apreció la diferencia dijo que no había protocolos en la Comunidad de Madrid para esta situación. La Comunidad de Madrid no tiene protocolos para que cuando un niño denuncia uno de sus progenitores (si no ha intervenido Pediatría social porque no hay lesiones graves) va de la mano del progenitor, ya termino.
Cuando llegó allí, además esta frase creo que no me la va a quitar ni el Alzheimer, lo que dijo a su señoría fue ¿Cuándo salga de aquí con quién me voy a ir?, su señoría contestó "tu madre tiene la custodia, te vas con tu madre" ¿sabéis lo que dijo? "entonces me pegó pero muy flojito, a lo mejor me lo merecía no me pegó tanto" si quiere la grabación se la envío, me dan sus correos se la envío, ¿es justo? ¿les parece justo? esto es lo que se está haciendo y repito que me es absolutamente indiferente si es la madre o si es el padre, me es absolutamente indiferente, sé que van a decir que esto que estoy haciendo es menoscabar la imagen de las mujeres y que estoy atacando a las mujeres, miren yo soy mujer tengo una hija y soy hija de una madre que también es mujer, no estoy atacando las madres lo que digo es que si no se puede acusar a una asociación de luchar contra las hambrunas en Etiopía acusarle de que favoreció o esta de acuerdo con las hambrunas en el Congo porque eso sería... (por favor vaya acabando), por otro lado sí que les pediría que tomasen atención en esta cuestión administrativa de los títulos habitantes como víctima de violencia de genero que tienen ustedes en Madrid.

Alusión al Caso CAPSEM Norte 2021

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de pronunciarse retirando estas tarjetas habitantes porque una señora que tenía ésta una de estas tarjetas o carnes acreditativos, después de iniciarse un procedimiento penal el señor salió absuelto, la Comunidad de Madrid mantuvo esta tarjeta habilitante con todas las consecuencias que esto lleva con los menores. Así que ruego que piensen menos con perspectiva de genero o con perspectiva de color o con perspectiva de partido, con perspectiva que quieran y piensen más y si tienen que pensar en algún tipo de perspectiva lo hagan en perspectiva de infancia, me someto a sus preguntas. [1]

Referencias